Noticias

Home   /   Actualidad   /   Los cursos de formación del personal sanitario no están sujetos a tributación en el IRPF

Los cursos de formación del personal sanitario no están sujetos a tributación en el IRPF

El pasado lunes día 29 de mayo el Ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro,  se comprometió con el presidente de la Organización Médica Colegial de España (OMC), Serafín Romero, a modificar el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El Gobierno aclarará  en la citada normativa que los cursos de formación del personal sanitario, financiados por empresas, no están sujetos a tributación en el IRPF.

Durante la reunión que ambos mantuvieron, Montoro informó al presidente de la OMC que con esta modificación se dotará de mayor precisión a la norma al clarificar que no tiene la consideración de rendimiento del trabajo en especie la participación de los trabajadores sanitarios en cursos de formación financiados por terceros que comercialicen bienes o servicios para los que sea necesario disponer de una adecuada formación por parte del trabajador.

Con esta medida la Agencia Tributaria quiere  calmar la indignación de los médicos por tener que tributar la asistencia a congresos.

Los facultativos habían mostrado públicamente su oposición a tributar las invitaciones que reciben de la industria para sufragar su formación continuada y manifiestan que se trata de una formación obligatoria que debería ofrecer, y financiar, el propio Sistema Nacional de Salud.

 

Sobre la oferta de Empleo Público Sanitario

Asimismo, el ministro y el presidente de la OMC hablaron en esta misma reunión sobre las cuestiones en materia de oferta de empleo público en el ámbito de la Sanidad.

En este sentido, el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 contempla el sector sanitario como prioritario. Así se podrá reponer hasta el 100% de su tasa de reposición de efectivos.

Además, y en cumplimiento de un acuerdo con las centrales sindicales, en el mismo proyecto de Ley se incluye también un proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal por el que las Comunidades Autónomas, en un plazo de tres años, podrán consolidar hasta un máximo del 90% de las plazas del personal interino.

 

 

Deja una respuesta